Condiciones de contratación

ACUERDO DE SERVICIOS DE MARKETING

POR Y ENTRE

Parte de la primera parte, LUCKIA GAMES, S.A., ("LUCKIA") con domicilio social en la calle Real, 3, Oficinas A, 51001, Ceuta (España) (España) y CIF A-70301817, cuyo objeto social incluye la organización y explotación de juegos online.

Parte de la segunda parte, el PROVEEDOR, persona física o jurídica con capacidad suficiente para suscribir el presente Contrato (el "Contrato" o "Acuerdo"), que previamente ha cumplimentado el formulario de prestación de servicios, y que está interesado en dar a conocer el/los Sitio/s (tal y como se definen más adelante) Para ello, dispone de los medios necesarios, incluyendo la titularidad y gestión de sitios web o formatos similares, y percibe la tarifa que posteriormente se establezca por las operaciones realizadas por los usuarios redirigidos por el PROVEEDOR desde su sitio web o formato similar a los Sitios.

En base a lo anterior, LUCKIA y el PROVEEDOR acuerdan someterse a las siguientes estipulaciones, sin perjuicio de las exigencias derivadas de la normativa aplicable. Si ambas partes llegaran a acuerdos privados de carácter individual en su relación, dichos acuerdos prevalecerán sobre los términos y condiciones previstos en el presente Contrato siempre que pudieran resultar incompatibles. Además, si el PROVEEDOR opera en:

 

  • España, los términos del Anexo A,
  • Portugal, los términos del Anexo B,
  • Colombia y México, los términos del Anexo C

se incluyen e incorporan al Acuerdo (siendo dichas condiciones específicas de cada país las "Condiciones Específicas")

DEFINICIONES

 

"Compañía": significa LUCKIA GAMES S.A. y cualquiera de sus filiales directas o indirectas de tiempo en tiempo (incluyendo pero no limitado a: Luckia Entertainment Ltd., Luckia Portugal S.A., y Luckia Colombia S.A.S.),

"Sitio(s) LUCKIA" o "Sitio(s)": Cualquier sitio web operado por LUCKIA, incluyendo cualquier sitio web operado por cualquier Compañía (incluyendo pero no limitado a: www.luckia.es, www.luckia.pt, www.luckia.mx, www.luckia.co), en relación con el cual LUCKIA pone Materiales de Marketing a disposición de los PATRNERS con el propósito de que el PROVEEDOR realice servicios de marketing de afiliación de conformidad con el presente Contrato.

"Términos Específicos": significa los términos específicos de la(s) jurisdicción(es) en la(s) que opera el PROVEEDOR en los Anexos A, B y C o los que LUCKIA publique de vez en cuando;

"Sitio(s) del PROVEEDOR": significa el(los) sitio(s) web propiedad del PROVEEDOR y/o controlado(s), app(s) móvil(es) y/o cualquier otro canal de marketing utilizado por el PROVEEDOR para dirigir tráfico al(a los) Sitio(s) de LUCKIA según lo aprobado por LUCKIA;

Por "Ley aplicable" se entenderá cualquier: (a) estatuto, instrumento legal, reglamento, orden, directiva, tratado, decreto o ley (incluido cualquier derecho consuetudinario, sentencia, demanda, orden o decisión de cualquier juzgado, regulador o tribunal), incluidas todas las leyes de consumidores; (b) norma, política, orientación o recomendación emitida por cualquier organismo gubernamental, estatutario o regulador; y/o (c) código de conducta o directriz del sector, en cualquier caso aplicable a nosotros y/o a usted y/o relacionada con los servicios prestados en virtud del presente Contrato;

"Política de juego responsable de LUCKIA": La política de juego responsable de LUCKIA cuya versión actual se puede encontrar en el enlace Juego Responsable en los Sitios de LUCKIA y que LUCKIA puede modificar de vez en cuando.

"Mensajería promocional": significa material gráfico o texto relativo a campañas de promoción específicas, enviado por LUCKIA de vez en cuando para su difusión por el Afiliado por correo electrónico, llamada telefónica, mensaje instantáneo, SMS o cualquier otro método, sujeto al consentimiento expreso y válido del destinatario para recibir marketing directo y/o a cualquier otra normativa dentro de la jurisdicción aplicable.

 

DISPOSICIONES

 

  1. OBJETIVO, NATURALEZA Y FINALIDAD DEL ACUERDO.
  1.  El PROVEEDOR publicitará los Sitios con sus propios medios, indicados anteriormente, tras la aceptación de los términos, condiciones y obligaciones previstos en el presente Contrato y siempre que haya sido expresamente aceptado como PROVEEDOR por LUCKIA.
  2.  La relación derivada del presente Acuerdo y la actividad que conlleva para cada una de las partes se desarrollará por éstas de forma independiente y autónoma utilizando sus propios medios materiales y humanos. Asimismo, en ningún caso la relación de prestación de servicios de comercialización podrá considerarse laboral, de dependencia, de agencia, de empresa conjunta o similar.
  3.  El PROVEEDOR responderá directamente de los efectos y daños causados a terceros derivados de las actividades objeto del presente Contrato, sin que LUCKIA pueda exigir responsabilidad alguna. En este sentido, el PROVEEDOR actuará por su cuenta y riesgo en la prestación de los servicios descritos en el presente Contrato.
  4.  El presente Contrato no incluye ningún tipo de exclusividad a favor del PROVEEDOR. Su ejecución será directa y no podrá ser objeto de cesión o subcontratación. No obstante, el PROVEEDOR podrá presentar subproveedores que, para alcanzar dicha condición, deberán cumplir con los procedimientos y requisitos exigidos en el presente Contrato, con especial referencia a su aceptación expresa por parte de LUCKIA.
  5.  LUCKIA podrá ceder a terceros los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato, sin que ello suponga variación alguna en los derechos y obligaciones del PROVEEDOR. En tal caso, el PROVEEDOR autoriza a LUCKIA a revelar o transferir al tercero cualquier información relacionada con el sitio web, la dirección de correo electrónico y otros datos no personales del PROVEEDOR, todo ello como excepción a lo estipulado en la disposición novena.
  6.  El PROVEEDOR se abstendrá de realizar cualquier actividad, directa, indirecta o en favor de terceros, que entre en competencia con LUCKIA o pueda perjudicar sus intereses.
  7.  La declaración de nulidad, rescisión, invalidez o similar por parte de una autoridad judicial o arbitral competente de cualquier disposición o condición del presente Acuerdo no afectará al resto de sus disposiciones, que permanecerán en vigor y vincularán a las partes.

 

  1. PROCEDIMIENTOS DEL PROVEEDOR.

Para ser PROVEEDOR de LUCKIA deberán concurrir las siguientes circunstancias:

 

  1. El PROVEEDOR aceptará las disposiciones del presente Acuerdo y cumplimentará el formulario de servicios del proveedor. Ambas partes acuerdan que el hecho de pulsar el botón Enviar implicará a todos los efectos la aceptación por la parte en cuestión de las disposiciones del presente Acuerdo y de las obligaciones que de ellas se derivan.
  1. El PROVEEDOR acepta quedar vinculado por la versión más actualizada de este Acuerdo, que LUCKIA puede modificar de vez en cuando. La versión más actualizada de este Acuerdo se publicará en el sitio web de afiliados LUCKIA https://www.luckia-affiliates.com/ en la sección de Términos y Condiciones.
  1. Es su responsabilidad asegurarse de que está familiarizado con la versión más actualizada de este Acuerdo, y su participación continuada en el Programa de Afiliación de LUCKIA'S después de que publiquemos una versión actualizada de este Acuerdo constituirá su acuerdo expreso de quedar vinculado por el Acuerdo actualizado. En caso de que no esté de acuerdo con el Contrato actualizado, su único recurso será finalizar su participación en el Programa de Afiliación de LUCKIA.
  1. El PROVEEDOR será aceptado por LUCKIA. Previamente a esta aceptación, LUCKIA podrá realizar las comprobaciones que estime necesarias o convenientes recabando de la parte en cuestión cuantos datos, información o documentos considere necesarios a tal efecto. La aceptación se hará constar expresamente y se enviará por correo electrónico. En ningún caso habrá aceptaciones tácitas.
  1. El PROVEEDOR debe ser mayor de edad o -en caso de ser una persona jurídica- estar constituido como tal de acuerdo con las leyes aplicables del país, ser una empresa en funcionamiento y estar debidamente registrado de acuerdo con dichas leyes, cumpliendo con toda la legislación aplicable.

 

  1. DURACIÓN Y EFECTOS DE LA RESCISIÓN.

 

  1.  En términos de duración y validez, el presente Acuerdo se regirá por las siguientes normas:
  1. El Acuerdo entrará en vigor en el momento en que la parte en cuestión sea informada por correo electrónico de su aceptación como PROVEEDOR por parte de LUCKIA.
  2. La duración será anual, renovándose automáticamente por periodos anuales si ninguna de las partes comunica su intención de no renovar el Acuerdo antes de la finalización del periodo anual en curso, sin perjuicio de lo dispuesto en las siguientes normas.
  3. La no captación de nuevos clientes por parte del PROVEEDOR durante un periodo de 30 días consecutivos será motivo de resolución unilateral del Contrato por parte de Luckia.
  4. No obstante lo anterior, cualquiera de las partes podrá resolver el Contrato en cualquier momento sin indemnización ni compensación alguna, siendo el único requisito la comunicación de este deseo a la otra parte por correo electrónico con treinta días de antelación. Asimismo, LUCKIA se reserva el derecho a suspender o interrumpir temporalmente el presente Contrato de forma inmediata y sin previo aviso, bien por el plazo que libremente determine o bien indefinidamente, comunicando debidamente esta circunstancia al PROVEEDOR por los medios indicados anteriormente o a través de la página web, cuando concurra alguna de las circunstancias mencionadas en el apartado siguiente.
  5. En cualquier caso, LUCKIA podrá resolver el presente Contrato o suspender o interrumpir temporalmente su vigencia de forma inmediata y sin necesidad de preaviso ni indemnización si constata o sospecha que el PROVEEDOR (a) está utilizando medios o métodos inadecuados para su función; (b) contraviene las normas del sector o las buenas costumbres; (c) está llevando a cabo actuaciones fraudulentas o ilegales; (d) incumple cualquier obligación o norma derivada del presente Contrato; (e) facilita datos inexactos o incompletos; (f) no genera un volumen de negocio razonable; o (g) realiza cualquier actividad o conducta contraria a los intereses, reputación o imagen de LUCKIA.
  6. Una vez resuelto el presente Acuerdo, o suspendido o interrumpido temporalmente, el PROVEEDOR se compromete a dejar de utilizar los contenidos de LUCKIA, a eliminar todos los enlaces a los Sitios y a cancelar inmediatamente el acceso a la cuenta online. Asimismo, el PROVEEDOR deberá eliminar todos los enlaces establecidos a LUCKIA y cualquier otro material de cualquier tipo relacionado con LUCKIA, ya sean nombres, gráficos, logotipos, imágenes identificativas o frases de marketing, y en definitiva cualquier material propiedad de LUCKIA, creado por ella, proporcionado por ella o de cualquier forma derivado de este Acuerdo o relacionado con él.
  7. El presente Contrato no tendrá la consideración de contrato de agencia. Por esta razón, una vez terminada o suspendida la relación con el PROVEEDOR, no habrá derecho a compensación o indemnización.

 

4. TASAS Y PAGOS.

4.1 TASAS

  1.  El PROVEEDOR percibirá una comisión por la prestación de los servicios de marketing consistente en un porcentaje sobre los Ingresos Netos generados durante el mes anterior por los jugadores que el PROVEEDOR dirija a los Sitios en virtud del presente Contrato y, para evitar dudas, se incluyen aquellos clientes potenciales que se conviertan en clientes de LUCKIA como consecuencia directa de la actuación del PROVEEDOR, siempre con sujeción a las siguientes definiciones y reglas:
  • Ingresos netos: significa la suma total de todas las apuestas de un jugador mientras juega, menos las ganancias de un jugador, menos cualquier crédito, bonificación o cantidad promocional dada a un jugador, menos cualquier devolución de cargo (incluidas las cantidades pagadas como resultado de abuso o fraude con tarjeta de crédito, o pagadas a un jugador para resolver una reclamación que implique la alegación de abuso o fraude con tarjeta de crédito o de otro tipo) o cualquier ingreso incobrable atribuible a un jugador, menos impuestos, menos tasas administrativas.
  • Jugador: cualquier persona relacionada con su rastreador que no haya sido previamente jugador de LUCKIA, y también
    • Cumple los criterios de aceptación del cliente establecidos por LUCKIA y ha sido aceptado como tal por LUCKIA.
    • Cumple los requisitos como jugador estipulados por la normativa aplicable.
  • Rastreador: código de identificación que se utiliza para asociar a los jugadores a un determinado PROVEEDOR, ya sea a través de enlaces URL, códigos de bonificación, promociones fuera de línea, etc.
  • Comisión: porcentaje calculado sobre los Ingresos Netos generados por los jugadores registrados por el PROVEEDOR. Los porcentajes aplicables pueden consultarse en todo momento en el sitio web https://www.luckia-affiliates.com/. LUCKIA puede variar estos porcentajes de Comisión de vez en cuando, a su entera discreción.
  1.  LUCKIA tendrá derecho a revisar las actividades generadoras de comisiones y podrá retener, renunciando a su pago, las comisiones devengadas en actividades del PROVEEDOR o del jugador vinculado si descubre que dichas actividades han incluido algún tipo de fraude, ilegalidad o conductas similares. Si se comprueba la existencia de fraude, ilegalidad o conductas similares, las comisiones en cuestión se considerarán no devengadas, renunciando a su pago.
  2.  LUCKIA también estará obligada a informar a cualquier autoridad local pertinente sobre cualquier transacción fraudulenta o sospecha de transacción fraudulenta en términos de la Legislación Aplicable.
  3.  En el caso de subPROVEEDORES presentados por el PROVEEDOR y aceptados por LUCKIA, el PROVEEDOR podrá percibir unos honorarios en los términos que libremente acuerde con LUCKIA.
  1.  Luckia se reserva el derecho de desvincular de la cuenta del PROVEEDOR a los Jugadores que permanezcan inactivos durante un periodo de 6 meses.

 

 

4.2 PAGO

  1.  Los honorarios serán calculados y fijados por LUCKIA en la moneda local de la Compañía correspondiente, según lo establecido en el Anexo D a continuación, a la que factura el PROVEEDOR. El pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta facilitada por el PROVEEDOR, sin perjuicio de que LUCKIA pueda, a su conveniencia, utilizar otro sistema de pago en el futuro. Los honorarios se fijarán por meses naturales y se abonarán dentro de los tres meses naturales siguientes a la recepción de la factura emitida por el PROVEEDOR, siempre que este aporte la documentación de verificación de identidad y/o medios de pago que LUCKIA le requiera en cumplimiento de la normativa de prevención del blanqueo de capitales aplicable. El PROVEEDOR deberá remitir a LUCKIA las facturas superiores a 100 euros en el plazo máximo de tres meses a contar desde el último día del mes natural en que se devengaron los honorarios.
  1.  Los honorarios sólo se abonarán cuando el PROVEEDOR haya alcanzado un mínimo de 100 EUR. Si no se alcanza dicho importe en un mes natural, los honorarios se añadirán a los del mes natural siguiente. Si aún así no se alcanzara el importe mínimo de 100 euros, se seguirán sumando a los de los meses siguientes, y así sucesivamente hasta alcanzar el importe mínimo en un mes determinado, momento en el que se procederá al pago según lo dispuesto en el párrafo anterior, es decir, en el mes natural siguiente. No se emitirán facturas hasta que las cuotas acumuladas alcancen el importe mínimo de 100 euros.
  1.  Si en un mes determinado los Ingresos Netos generados por el PROVEEDOR son negativos, LUCKIA se reserva el derecho a trasladar dicho importe negativo al mes siguiente.
  1.  Todas las facturas deberán dirigirse a la empresa correspondiente, tal y como se indica en el Anexo E. Si el PROVEEDOR se afilia a varios Sitios LUCKIA, el PROVEEDOR deberá facturar a la empresa correspondiente por separado.
  1.  Los Ingresos Netos recibidos en divisas distintas del euro se convertirán de acuerdo con nuestra política estándar de cambio de divisas.
  1.  PROVEEDORES con residencia en el país de la Compañía a la que dirigen la factura (Luckia Portugal, Luckia Colombia, Luckia Mexicana o Luckia Games), deberán emitir las facturas en la moneda local de la jurisdicción de la Compañía. Los PROVEEDORES que no residan en el país de la Compañía emitirán sus facturas en EUR o USD, según su conveniencia. LUCKIA indicará el tipo de cambio aplicable en cada mes natural entre la moneda local y el EUR o el USD.

 

4.3 IMPUESTOS Y OTROS GASTOS

  1.  El PROVEEDOR es plenamente responsable de todos los impuestos, tasas y otros costes incidentales y derivados de cualquier pago que se le realice en virtud del presente Contrato, incluyendo sin limitación cualquier tasa de tramitación, Tasas y Pagos. El PROVEEDOR indemnizará y reembolsará a LUCKIA por cualquier coste, gasto o pérdida que se le pueda causar como resultado de cualquier reclamación o demanda realizada por cualquier autoridad gubernamental o de otro tipo, en relación con las obligaciones de retención de impuestos u obligaciones similares a las que LUCKIA pueda estar sujeta en relación con la realización de pagos al PROVEEDOR. LUCKIA tendrá derecho a retener o compensar dichas cantidades de los pagos efectuados al PROVEEDOR.
  1.  Los pagos efectuados por LUCKIA al PROVEEDOR incluirán el IVA o cualquier otro impuesto aplicable en el país de residencia de LUCKIA.
  1.  Si el PROVEEDOR está registrado a efectos del IVA en un Estado miembro de la Unión Europea, deberá facilitar a LUCKIA un certificado VIES (VAT Information Exchange System).
  1.  Impuesto sobre beneficios: LUCKIA retendrá de la factura emitida por el PROVEEDOR los Impuestos aplicables en la medida en que el PROVEEDOR esté obligado a soportar dichos Impuestos de acuerdo con la legislación aplicable. En caso de existir un convenio de doble imposición aplicable entre las partes, el PROVEEDOR deberá aportar a LUCKIA los correspondientes certificados de residencia fiscal a fin de justificar la aplicación de tipos impositivos reducidos a efectos de retención. En caso de que PROVEEDOR no aporte dicho certificado, LUCKIA aplicará el tipo impositivo como si PROVEEDOR fuera no residente.

 

4.4 INFORMACIÓN PARA EL PROVEEDOR

  1.  El PROVEEDOR tendrá acceso a la plataforma de los PROVEEDORES, donde podrá ver las estadísticas de los clientes introducidos, consultar los reportes disponibles, actualizar su perfil, gestionar sus fuentes de tráfico, y seleccionar banners y/o enlaces de texto.
  1.  La información y las estadísticas de esta plataforma tendrán carácter meramente informativo. LUCKIA no estará obligada a garantizar la actualización constante de la información y estadísticas, si bien pretende realizar una actualización diaria de los datos. Dichos datos podrán ser revisados y corregidos en caso de error.

 

4.5 PAGOS TRAS LA RESCISIÓN DEL ACUERDO

Una vez resuelto el contrato o suspendido o interrumpido temporalmente, los honorarios se calcularán hasta la fecha exacta de resolución, suspensión o interrupción, y se emitirá una factura electrónica por los honorarios no facturados hasta dicha fecha. La factura definitiva se emitirá en el mes natural siguiente a la terminación, suspensión o interrupción y el PROVEEDOR podrá emitir factura electrónica por los honorarios devengados hasta ese momento. Transcurrido dicho mes natural, el PROVEEDOR no podrá emitir más facturas y no tendrá derecho al abono de cantidad alguna, ni se admitirán otras reclamaciones de indemnización contra LUCKIA. Si los honorarios no superan el importe mínimo de 100 euros, el PROVEEDOR no podrá reclamar su importe y los honorarios quedarán anulados en interés de LUCKIA.

 

5. OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR

  1.  El PROVEEDOR declara que la información facilitada a LUCKIA a través del formulario de solicitud, así como cualquier información adicional que haya podido facilitar, es fiel reflejo de la realidad y está completa, sin omisiones ni inexactitudes. El PROVEEDOR informará inmediatamente a LUCKIA de cualquier modificación que se produzca en la información facilitada.
  1.  El PROVEEDOR confirma y acepta que tiene la autoridad para suscribir el presente Contrato, incluyendo pero no exclusivamente confirmar que el PROVEEDOR es mayor de edad de acuerdo con la legislación aplicable, y en cualquier caso no menor de dieciocho (18) años de edad. LUCKIA se reserva el derecho de solicitar al PROVEEDOR los documentos de identificación personal válidos que acrediten su edad; y en el ínterin, la cuenta del PROVEEDOR podrá ser suspendida hasta que se proporcione a LUCKIA una prueba satisfactoria de la edad.
  1.  El PROVEEDOR acepta la responsabilidad exclusiva de determinar si su participación en este ACUERDO DE SERVICIOS DE COMERCIALIZACIÓN es legal en virtud de cualquier ley o requisito reglamentario que se aplique al PROVEEDOR. El PROVEEDOR entiende que LUCKIA no proporciona al PROVEEDOR ninguna recomendación legal o garantía con respecto a dicha legalidad. Es el PROVEEDOR quien se mantendrá al corriente de todos los desarrollos legales y regulatorios dentro de las jurisdicciones en las que se encuentre o en las que (o en las que) el PROVEEDOR lleve a cabo actividades de marketing para asegurarse de que cumple plenamente con todas las leyes aplicables en todo momento.
  1.  El PROVEEDOR declara que es el único propietario de la página web, o formatos similares, en los que insertará la publicidad de LUCKIA, y que no tiene restricciones o limitaciones de ningún tipo para su uso. En su defecto, declara que cuenta con la autorización del titular de la página web, o formatos similares, para utilizarla en los términos referidos en el presente contrato.
  1.  El PROVEEDOR es el único responsable de las actividades objeto del presente contrato, que realizará directamente con sus propios medios, sin posibilidad de cederlas o subcontratarlas a terceros, manteniendo indemne a LUCKIA por dichas actividades.
  1.  El PROVEEDOR será el único responsable de garantizar que todo el material mostrado en su sitio web no infringe ningún derecho de terceros y que no exhibe ni promueve pornografía infantil; actos sexuales ilegales: violencia; discriminación racial; discriminación por razón de sexo, religión, nacionalidad, discapacidad, orientación sexual o discapacidad física; creencias políticas; material comercial para menores; actividades ilegales; o cualquier violación de los derechos de propiedad intelectual.
  1.  El PROVEEDOR, que prestará los servicios de marketing de forma independiente y por su cuenta y riesgo, será el único responsable del contenido y la forma de sus actividades de marketing y promoción relacionadas con los Sitios LUCKIA. Todas estas actividades deben llevarse a cabo en todo momento de una manera profesional y legal y de conformidad con la Legislación de Protección al Consumidor y toda la legislación, reglamentos y códigos de prácticas (incluyendo, sin limitación, los códigos de prácticas de publicidad pertinentes) dentro de la jurisdicción desde la que opera el PROVEEDOR y también las diversas jurisdicciones de los Clientes y cualquier legislación relacionada con el juego.
  1.  El PROVEEDOR no comercializará ni promocionará los Sitios LUCKIA, directa o indirectamente, a personas menores de 18 años o de la edad superior que pueda aplicarse en la jurisdicción a la que se dirija el PROVEEDOR, ni desarrollará o aplicará estrategias de marketing y promoción al respecto.
  1.  El PROVEEDOR se asegurará de que todo el marketing, la publicidad y las promociones del mismo se ajusten estrictamente a las especificaciones, obligaciones y/o limitaciones del presente Acuerdo, a la Política de Juego Responsable de LUCKIA (cuya versión actual se puede encontrar en el enlace de Juego Responsable en los Sitios de LUCKIA y que LUCKIA puede modificar de vez en cuando), y a cualquier Ley Aplicable. LUCKIA se reserva el derecho de solicitar al PROVEEDOR que retire cualquier forma de uso del material de marketing que considere que incumple el presente Acuerdo o la Legislación Aplicable. En caso de duda, el PROVEEDOR debe ponerse en contacto con nosotros en [email protected]
  1.  El PROVEEDOR notificará a LUCKIA por correo electrónico a partners@redluckia.com y, en su caso, informará a las autoridades de su país, sobre cualquier uso no autorizado que sospeche o descubra, o sobre cualquier violación de la seguridad, incluyendo la pérdida, sustracción o revelación no autorizada de su dirección de correo electrónico o contraseña. El PROVEEDOR será responsable de mantener la confidencialidad de su cuenta de correo electrónico y contraseña, así como del uso y actividad de su cuenta, incluido el uso por un tercero autorizado por el PROVEEDOR.
  1.  El PROVEEDOR podrá divulgar el contenido promocional de LUCKIA mediante envíos masivos a sus listas de contactos, evitando cualquier tipo de confusión que pueda identificarle con LUCKIA y absteniéndose de utilizar como propio el nombre de LUCKIA o cualquier otra marca de LUCKIA o de su grupo empresarial. En dichos envíos se abstendrá de promocionar o beneficiar a terceros o entrar en competencia con LUCKIA Además, en todo caso y bajo su exclusiva responsabilidad, asumiendo las consecuencias de su incumplimiento, deberá cumplir las siguientes normas:
    • Proporcionar una opción para darse de baja de la lista de correo y detallar los pasos para garantizarlo.
    • Abstenerse de enviar ofertas de LUCKIA a menores y a personas cuya dirección de correo electrónico no haya sido facilitada voluntariamente para recibir información promocional.
  1.  El PROVEEDOR se asegurará de que no haya ninguna forma de spam en sus mensajes. Si esto ocurriera, se suspenderá automáticamente el presente Contrato, se retendrán las comisiones pendientes de pago y el PROVEEDOR será responsable de todos los gastos ocasionados, que se detraerán de las comisiones pendientes de pago. Si esta cantidad fuera insuficiente, dicho PROVEEDOR estará obligado a abonar cualquier cantidad no cubierta por las comisiones retenidas.
  1.  El PROVEEDOR no entrará en competencia directa con LUCKIA en espacios publicitarios de cualquier tipo, aunque hubiera estado presente en ellos con anterioridad a la vigencia del presente contrato, ni utilizará las mismas o similares denominaciones de LUCKIA, sus marcas registradas, o las utilizadas por LUCKIA o su grupo empresarial.
  1.  Si un PROVEEDOR genera un exceso de tráfico superior a 100.000 clics al mes, será responsable del coste generado por nuestra plataforma de Gestión de Afiliados. En este caso, LUCKIA se pondrá en contacto con el PROVEEDOR.

6. ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR.

  1.  Las actividades del PROVEEDOR en el marco del presente Contrato se regirán en todo momento por la buena fe, adoptando siempre la diligencia de un ordenado empresario. 6.2. Para la prestación de los servicios de marketing descritos en el presente Contrato, el PROVEEDOR realizará los servicios de forma independiente, autónoma y por su cuenta y riesgo. En particular, el PROVEEDOR observará siempre las siguientes reglas, que se dan a título ilustrativo y no limitativo:
    • En caso de que el PROVEEDOR realizara cualquier tipo de promoción en buscadores online de pago incluyendo el nombre de LUCKIA o marcas propiedad de la misma o de su grupo empresarial, en cualquiera de sus formas, incluyendo a título enunciativo y no limitativo las palabras clave de la campaña, textos, mensajes y creatividades contenidas en los resultados de búsqueda, se abstendrá de incluir marcas propiedad de LUCKIA o de su grupo empresarial, o que puedan enlazar con sitios web o aplicaciones que incluyan dichas marcas.
    • El PROVEEDOR no pagará por la optimización en buscadores si ésta entra en competencia con LUCKIA, incluso si su optimización resulta ser anterior a la vigencia del presente contrato, sin derecho a reclamación alguna en tal caso.

 

7. DECLARACIONES Y GARANTÍAS DEL PROVEEDOR

Sin perjuicio de, y además de, cualquiera de las otras declaraciones, garantías, pactos y obligaciones del PROVEEDOR contenidas en el presente Contrato, el PROVEEDOR declara y garantiza a la LUCKIA lo siguiente:

  1.  La ejecución, entrega y cumplimiento por parte del PROVEEDOR del presente Acuerdo y la realización por parte del PROVEEDOR de las transacciones contempladas en el mismo no entrarán en conflicto ni violarán ninguna disposición legal, norma, reglamento o Acuerdo al que el PROVEEDOR esté sujeto;
  1.  El PROVEEDOR no es menor de (i) 18 años, o (ii) la edad en la que las actividades de juego a distancia son legales según la ley de la jurisdicción que se le aplica, la que sea mayor; y el PROVEEDOR no es residente de ninguno de los Territorios Excluidos;
  1.  El PROVEEDOR no está implicado, ni tiene intención de estarlo, ni tiene conocimiento de ningún acto o tráfico que implique a su sitio y que constituya o pueda esperarse razonablemente que constituya un Fraude o una actividad ilegal, incluido, entre otros, el blanqueo de dinero, en virtud de cualquier ley, norma o reglamento aplicable;
  1.  El PROVEEDOR colocará Banners y Enlaces de Texto y/o realizará publicidad para y en nombre de LUCKIA únicamente en sitios web que incluyan contenidos propiedad o licenciados por el propietario de dicho sitio web y el PROVEEDOR no colocará bajo ninguna circunstancia Banners y Enlaces de Texto y/o cualquier otra forma de publicidad para o en nombre de LUCKIA en sitios web que incluyan contenidos que infrinjan derechos de propiedad intelectual de terceros; y
  1.  Al participar en el Programa, el PROVEEDOR reconoce que los servicios de LUCKIA no le parecen ofensivos, censurables o injustos en modo alguno.

 

8. INDEMNIDAD

Sin limitar ninguno de los derechos y recursos de LUCKIA en virtud del presente documento o de cualquier ley aplicable, el PROVEEDOR se compromete a defender y mantener indemne a LUCKIA y a sus accionistas, directores, funcionarios, empleados, agentes y otros representantes, y a indemnizarlos inmediatamente a su solicitud por escrito, contra todas y cada una de las responsabilidades, pérdidas, daños, costes y gastos, incluidos los honorarios razonables de abogados, resultantes de, derivados de, o relacionados de alguna manera con:

 

  1. cualquier incumplimiento por parte del PROVEEDOR de cualquier garantía, declaración o Acuerdo o cláusula contenida en el presente Contrato;
  1. el cumplimiento de los deberes y obligaciones del PROVEEDOR en virtud del presente Contrato; y
  1. cualquier reclamación o demanda de un tercero relativa al desarrollo, funcionamiento, mantenimiento o contenido del sitio web del PROVEEDOR, incluyendo (a título enunciativo, pero no limitativo) el contenido del mismo, su nombre de dominio, metatag o cualquier adword, google-ads u otra herramienta de posicionamiento en buscadores vinculada al mismo.

 

9. SIN GARANTÍAS

Salvo que se establezca expresamente en el presente acuerdo, el operador no ofrece garantías expresas o implícitas o representaciones con respecto al programa de afiliados o a cualquier acuerdo contemplado en el presente acuerdo, incluyendo, sin limitación, con respecto a su funcionalidad, adecuación para un propósito particular, idoneidad, comerciabilidad, legalidad o no infracción. Además, LUCKIA no garantiza que el funcionamiento de los Sitios sea ininterrumpido o esté libre de errores y no será responsable de las consecuencias de cualquier interrupción o error.

 

10. NO RESPONSABILIDAD DE LOS SITIOS PROMOCIONADOS

LUCKIA no se responsabiliza en modo alguno, ni asume responsabilidad alguna, ni ofrece declaraciones o garantías con respecto a ninguno de los Sitios, su funcionamiento, contenido o cualquier otro aspecto relacionado con los mismos.

 

11. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD

  1.  Toda responsabilidad del PROVEEDOR derivada del presente contrato se limita únicamente a los daños directos. LUCKIA y cualquiera de las empresas del grupo LUCKIA no serán responsables por daños o pérdidas indirectos, especiales o consecuentes de cualquier tipo, incluyendo sin limitación la pérdida de negocio, beneficios, ingresos, contratos o ahorros previstos, o derivados de la pérdida, daño o corrupción de cualquier dato, incluso si ha sido advertido de la posibilidad de tales daños o pérdidas.
  1.  En cualquier caso y bajo cualquier circunstancia, la responsabilidad agregada y total de LUCKIA que surja con respecto a este acuerdo no excederá el agregado de todos los pagos realizados al PROVEEDOR en virtud de este acuerdo durante los 12 meses anteriores al evento que dio lugar a la responsabilidad.
  1.  Nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo se interpretará en el sentido de otorgar derechos, recursos o beneficios a ninguna persona o entidad que no sea parte del presente Acuerdo.
  1.  Nada de lo dispuesto en el presente Contrato servirá para limitar la responsabilidad de LUCKIA frente al PROVEEDOR en caso de muerte o daños personales causados por negligencia de LUCKIA, o en caso de fraude.
  1.  Para evitar cualquier duda, en ningún caso LUCKIA o el grupo LUCKIA serán responsables de cualquier disputa o reclamación entre el PROVEEDOR y cualquier cliente del sitio web del PROVEEDOR.

 

12. USO DE MARCAS REGISTRADAS

LUCKIA autoriza al PROVEEDOR a utilizar sus marcas vinculadas al presente contrato, respetando las siguientes normas:

 

  1. En ningún caso la autorización será exclusiva a favor del PROVEEDOR.
  1. El PROVEEDOR no podrá transferir esta autorización a terceros.
  1. Las marcas comerciales serán utilizadas exclusivamente por el PROVEEDOR en relación con la visualización de banners en su sitio web.
  1. La autorización para el uso de marcas comerciales cesará automáticamente a la terminación, interrupción o suspensión del presente acuerdo.

13. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS

13.1. DATOS DE LOS CLIENTES

  1.  El PROVEEDOR reconoce y acepta que todos los datos relativos a los clientes serán y seguirán siendo propiedad exclusiva de LUCKIA como responsable del tratamiento.
  1.  El PROVEEDOR tomará, en todo momento, todas las precauciones razonables para garantizar que todos los datos de los usuarios se obtengan, conserven, utilicen y procesen de otro modo de forma ética y en pleno cumplimiento de todos los requisitos de privacidad y protección de datos. Esto incluirá, entre otras cosas, que el PROVEEDOR se asegure de que las personas afectadas hayan dado su consentimiento, cuando así lo exija la ley, y hayan tenido la oportunidad de optar por recibir y darse de baja de cualquier material de marketing pertinente. 9.1.3 El PROVEEDOR acepta y conviene en que el PROVEEDOR será el único responsable y estará obligado a seleccionar a las personas físicas a las que se enviará o comunicará de otro modo la Mensajería Promocional, y a garantizar que dichas actividades se lleven a cabo de conformidad con todos los Requisitos de Privacidad y Protección de Datos aplicables, incluidos, entre otros, el Reglamento (UE) 2016/679 ("GDPR") y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales), y que el PROVEEDOR será, por tanto, la persona que envíe e instigue el envío de todas esas comunicaciones (sin perjuicio de que se le exija el cumplimiento de todas las disposiciones del presente Acuerdo). Se aclara que todos y cada uno de los datos relativos a los clientes que éstos faciliten a LUCKIA serán y seguirán siendo propiedad exclusiva de LUCKIA.

13.2. PROTECCIÓN DE DATOS Y COMERCIALIZACIÓN

Sin perjuicio de los términos establecidos en la presente cláusula 9, el PROVEEDOR acepta que sólo enviará Mensajería Promocional a los clientes de marketing del PROVEEDOR con el consentimiento previo por escrito de LUCKIA. Para evitar cualquier duda, cualquier consentimiento proporcionado por LUCKIA en relación con la mensajería promocional excluye cualquier consentimiento para enviar mensajería promocional que contenga únicamente ofertas de LUCKIA a clientes excluidos.

  1.  El PROVEEDOR, previa notificación de LUCKIA, compartirá su base de datos de clientes con LUCKIA (a través de un método seguro notificado por LUCKIA al PROVEEDOR en cada momento) antes de enviar cualquier tipo de marketing directo (la "Base de Datos de Clientes del PROVEEDOR"). La base de datos de clientes del PROVEEDOR permitirá a LUCKIA identificar a los clientes excluidos que no deban recibir mensajes promocionales, ya sea porque se opongan o porque así lo exijan las obligaciones legales o reglamentarias. LUCKIA eliminará a los clientes excluidos de la Base de Datos de Clientes del PROVEEDOR y devolverá al PROVEEDOR la Base de Datos de Clientes del PROVEEDOR (que, para evitar dudas, será la Base de Datos de Clientes del PROVEEDOR menos los clientes excluidos). LUCKIA sólo utilizará los datos que se le faciliten en relación con la Base de Datos de Clientes del PROVEEDOR para la eliminación de los clientes excluidos de la Base de Datos de Clientes del PROVEEDOR y para ningún otro fin. La eliminación de los Clientes Excluidos de la Base de Datos de Clientes del PROVEEDOR no eximirá al PROVEEDOR de ninguna de sus obligaciones en virtud de la presente cláusula 9. A los efectos de la presente cláusula 9.2.1, el PROVEEDOR informará debidamente y obtendrá los consentimientos necesarios de los interesados incluidos en la Base de Datos de Clientes del PROVEEDOR para compartir estos datos con LUCKIA cumpliendo en todo momento con los Requisitos de Privacidad y Protección de Datos aplicables.
  1.  A los efectos de la presente cláusula 9, los términos responsable del tratamiento, interesado, datos personales, tratamiento (y sus términos afines) y encargado del tratamiento tendrán el significado que se les atribuye en el RGPD.
  1.  El PROVEEDOR reconoce y acepta ser el responsable del tratamiento de los datos personales de los Clientes del PROVEEDOR. El PROVEEDOR reconoce y acepta que LUCKIA será el responsable del tratamiento de los datos personales de los Clientes. En caso de duplicación de los datos personales de los interesados entre los Clientes del PROVEEDOR y los Clientes, el PROVEEDOR y LUCKIA reconocen y acuerdan que actuarán como responsables del tratamiento independientes y no como responsables conjuntos respecto del tratamiento independiente de los datos personales de dichos interesados. Además, el PROVEEDOR reconoce y acepta que cualquier marketing directo que envíe a los Clientes del PROVEEDOR en virtud del presente Contrato y los consentimientos relacionados con el mismo serán independientes y se regirán por separado de cualquier consentimiento de marketing que LUCKIA pueda tener con respecto a los Clientes y al propio marketing de LUCKIA de sus propios servicios.
  1.  El PROVEEDOR cumplirá en todo momento con la Legislación de Protección de Datos aplicable, incluyendo, sin limitación, garantizar que los datos personales de los Clientes del PROVEEDOR: (i) se recopilan de manera justa, legal y transparente; (ii) se procesan de acuerdo con una condición legal según lo establecido en el GDPR; y (iii) están protegidos contra pérdida, robo, destrucción accidental o acceso no autorizado mediante la implementación de medidas técnicas y organizativas adecuadas con respecto a dichos datos personales.
  1.  El PROVEEDOR garantiza que todo el marketing directo enviado a los Clientes de Marketing del PROVEEDOR sólo se realizará cuando dichos Clientes de Marketing del PROVEEDOR hayan dado su consentimiento válido para recibir dicha comunicación de marketing tal y como exige la Legislación de Protección de Datos. El consentimiento válido incluirá que los titulares de los datos opten por dicho marketing y que los titulares de los datos sean informados de que recibirán marketing relacionado con LUCKIA (identificado preferiblemente de forma específica o, al menos, por su sector). El PROVEEDOR garantiza que todo marketing directo enviado a los clientes de marketing del PROVEEDOR incluirá una oportunidad para que los clientes de marketing del PROVEEDOR opten por no recibir más marketing directo en el futuro. El PROVEEDOR garantiza que no enviará marketing directo a ningún cliente de marketing del PROVEEDOR que no haya dado su consentimiento válido para recibir dicho marketing o que se haya dado de baja del marketing directo.
  1.  El PROVEEDOR notificará inmediatamente a LUCKIA en caso de que incumpla (o sospeche que ha incumplido) cualquiera de las garantías de esta cláusula 9.
  1.  Sin perjuicio de las garantías ofrecidas en la presente cláusula 9, el PROVEEDOR no enviará ningún mensaje de marketing directo u otro tipo de mensaje promocional a ningún Cliente de Marketing del PROVEEDOR cuando haya recibido instrucciones de LUCKIA de no enviar marketing directo, ya sea en virtud de la eliminación de Clientes Excluidos de la Base de Datos de Clientes del PROVEEDOR o por cualquier otro motivo. El PROVEEDOR confirmará el cumplimiento de cualquier instrucción de conformidad con esta cláusula por correo electrónico a [email protected], no menos de 48 horas después de la recepción de una instrucción de LUCKIA .
  1.  El PROVEEDOR notificará inmediatamente a LUCKIA en caso de que cualquier Cliente del PROVEEDOR presente una reclamación al PROVEEDOR, o cuando cualquier Regulador Competente en materia de Protección de Datos se ponga en contacto con el PROVEEDOR, en relación con el marketing directo o el tratamiento por parte del PROVEEDOR de los datos personales de dicho Cliente del PROVEEDOR, dado que la reclamación está relacionada con el marketing directo o la mensajería promocional de los Sitios. El PROVEEDOR deberá haber recabado todos los consentimientos pertinentes y haber informado debidamente a LUCKIA sobre la cesión de datos personales para los fines descritos en la presente cláusula 9.2.8. y de conformidad con la legislación aplicable en materia de protección de datos antes de compartir con LUCKIA cualquier dato personal del Cliente PROVEEDOR.
  1.  LUCKIA podrá, de vez en cuando, solicitar que el PROVEEDOR proporcione pruebas de su cumplimiento de esta cláusula 9 y el PROVEEDOR proporcionará las pruebas que LUCKIA pueda solicitar razonablemente dentro de los siete días siguientes a la recepción de dicha solicitud.
  1.  El PROVEEDOR se asegurará de que todos los procesadores que actúen en su nombre en virtud del presente Acuerdo estén sujetos a condiciones contractuales no menos onerosas que las normas prescritas por la Legislación de Protección de Datos.
  1.  El PROVEEDOR prestará a LUCKIA toda la asistencia que sea necesaria en relación con violaciones de datos, reclamaciones y solicitudes de información presentadas contra LUCKIA en relación con cualquier comunicación enviada por el PROVEEDOR en virtud del presente Contrato, en particular, cualquier investigación realizada por un Regulador de Protección de Datos Competente.
  1.  El PROVEEDOR se asegurará de que cualquier comunicación enviada por él o por cualquiera de sus procesadores esté debidamente etiquetada para permitir su seguimiento en caso de que sea remitida a LUCKIA como parte de una reclamación.
  1.  El PROVEEDOR se compromete a indemnizar a LUCKIA y defender a LUCKIA a sus expensas contra todos los costes, reclamaciones, multas, acciones de grupo, daños y gastos incurridos por LUCKIA o por los que LUCKIA pueda llegar a ser responsable debido a cualquier incumplimiento por parte del PROVEEDOR o sus empleados, agentes subcontratistas o procesadores de cualquiera de sus obligaciones en virtud de esta cláusula 9 o cualquier incumplimiento de la Legislación de Protección de Datos. Ninguna disposición del presente Contrato limitará la responsabilidad del PROVEEDOR en virtud de la presente cláusula 9.

14. ENMIENDAS.

LUCKIA GAMES, SA podrá modificar en cualquier momento los términos y condiciones del presente Acuerdo e incluso los requisitos para acceder a la condición de PROVEEDOR, en cuyo caso dicho PROVEEDOR podrá darse de baja sin derecho a indemnización para ninguna de las partes del presente acuerdo. La modificación de los términos y condiciones o requisitos no requerirá la aceptación expresa del PROVEEDOR, pero se entenderá, y así lo acuerdan las partes, que el PROVEEDOR está de acuerdo con la modificación por el hecho de continuar siendo PROVEEDOR o actuar inequívocamente como tal tras conocer la modificación en cuestión.

 

15. FUERZA MAYOR

Las partes se comprometen al fiel y exacto cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente convenio, con la única excepción de que concurran circunstancias de fuerza mayor, incluida cualquier rescisión o resolución por parte de una autoridad administrativa o judicial.

 

16. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN

El presente Contrato se regirá e interpretará de conformidad con la legislación española. LUCKIA y el PROVEEDOR cumplirán, no obstante, con las leyes y reglamentos de cualquier otra jurisdicción en la que operen o en la que realicen las transacciones contempladas en este Acuerdo.

 

Cualquier disputa, controversia o reclamación derivada de o en relación con este Acuerdo, o un incumplimiento, rescisión o invalidez del mismo, será resuelta exclusivamente por los tribunales de justicia de la ciudad de Coruña en España. No obstante, esto no impedirá a LUCKIA interponer cualquier acción ante un Tribunal de cualquier jurisdicción para obtener medidas cautelares o similares.

 

El PROVEEDOR declara haber leído y comprendido todas las disposiciones, términos y condiciones del presente Contrato, actuando libre y espontáneamente y sin haber sido condicionado a consentir en el mismo.

 

ANEXO A

España

Para los afiliados nuevos y existentes para España, además de todas las cláusulas anteriores, se aplican los siguientes Términos y Condiciones:

  1. Tras la entrada en vigor del Decreto de Publicidad (Real Decreto 958/2020) el 01 de mayo de 2021, lo siguiente se aplica a toda la comercialización del PROVEEDOR a los clientes en España:
    1.  A partir del 1 de mayo de 2021 Luckia sólo permitirá promocionar a través de afiliados:
      1. La marca o el contenido de Luckia (es decir, sin promociones);
      2. Las actividades promocionales y las comunicaciones comerciales de actividades promocionales no están permitidas para clientes nuevos o existentes.
    2.  La comercialización de nuestros servicios a clientes en España está prohibida a menos que:
      1. Los sitios web o las aplicaciones para móviles utilizados puedan impedir el acceso a menores de 18 años;
      2. Que ofrece periódicamente información sobre juego responsable y seguro a visitantes y usuarios.
    3.  Las comunicaciones comerciales incluirán una identificación que las clasifique como relacionadas con el juego.
    4.  Las comunicaciones comerciales no podrán aparecer delante del contenido principal de la página o app de forma que bloqueen la mayor parte de dicho contenido sin la intervención previa de la persona. En cualquier caso, las comunicaciones comerciales nunca podrán impedir la navegación y deberán poder cerrarse o detenerse fácilmente.
  2. Los PROVEEDORES no promocionarán a operadores de juego sin licencia.
  3. Todo PROVEEDOR que se anuncie en España garantiza que ha leído y conoce el Decreto de Publicidad y que no incumplirá sus condiciones.
  4. En caso de que el PROVEEDOR infrinja una o varias de las prohibiciones previstas en la Ley de Publicidad del Juego, podremos considerar resuelto el presente Contrato por causas imputables al propio PROVEEDOR. El PROVEEDOR, en todo caso, se compromete a liberar, indemnizar y mantener indemne a LUCKIA -así como a cualquier otra Sociedad del Grupo- de y contra cualesquiera responsabilidades, sanciones, multas y acciones, incluidos los gastos legales en que incurramos nosotros -o cualquier otra Sociedad del Grupo- derivados de o relacionados con el incumplimiento de las Leyes de Publicidad del Juego españolas.
  5. En caso de conflicto entre las condiciones anteriores y el presente Anexo A, prevalecerá el presente Anexo A.

ANEXO B

Portugal

Para los afiliados nuevos y existentes para España, además de todas las cláusulas anteriores, se aplican los siguientes Términos y Condiciones:

  1. Según el Real Decreto portugués 330/90 que aprueba el Código de Publicidad:
    • La publicidad de los juegos y apuestas debe realizarse de forma socialmente responsable, respetando, en particular, la protección de los menores, así como de otros grupos vulnerables y de riesgo, privilegiando el aspecto lúdico de la actividad de juego y apuestas y no despreciando a los no jugadores, no apelando a aspectos relacionados con la fácil obtención de una ganancia, no sugiriendo el éxito, el éxito social o habilidades especiales para la finalidad del juego, ni fomentando prácticas excesivas de juego o apuestas.
    • Queda expresamente prohibida la publicidad de juegos y apuestas dirigida a menores o que utilice a menores como participantes en el mensaje.
    • En los lugares donde se celebren eventos para menores o en los que éstos participen como actores principales, así como en las comunicaciones comerciales y en la publicidad de estos eventos, no debe haber ninguna mención, explícita o implícita, de juegos y apuestas.
  1. El PROVEEDOR se compromete a conocer todas las Leyes Portuguesas de Publicidad de Juegos de Azar en vigor, así como el Manual de Buenas Prácticas para la Publicidad de Juegos y Apuestas publicado por el Servicio de Regulación e Inspección de Juegos de Azar (SRIJ), cuya versión actual se encuentra en https://www.srij.turismodeportugal.pt/pt/jogoresponsavel/publicidade/, y a conocer las sanciones y penalizaciones administrativas relativas.
  2. En caso de que el PROVEEDOR infrinja una o más de las prohibiciones previstas por la Ley Portuguesa de Publicidad de Juegos de Azar, podremos considerar rescindido el presente Contrato por causas imputables al propio PROVEEDOR. El PROVEEDOR, en cualquier caso, se compromete a liberar, indemnizar y mantener indemne a LUCKIA - así como a cualquier otra Empresa del Grupo - de y contra cualquier responsabilidad, sanciones, multas y acciones, incluyendo los gastos legales incurridos por nosotros - o cualquier otra Empresa del Grupo - derivados de o relacionados con la violación de las Leyes Portuguesas de Publicidad de Juegos de Azar.

En caso de conflicto entre las condiciones anteriores y el presente Anexo B, prevalecerá el presente Anexo B.

ANEXO C

Colombia y México

Para los solicitantes y afiliados existentes que anuncien Marcas en América Latina, además de las cláusulas anteriores, se aplican los siguientes Términos y Condiciones:

  1. Los afiliados sólo utilizarán promociones que hayan sido previamente autorizadas por el Regulador y aprobadas por LUCKIA;
  2. Ninguno de los contenidos de marketing o de otro tipo del afiliado puede atraer o estar dirigido a menores;
  3. Todos los pies de página del sitio web contendrán mensajes apropiados de juego responsable y LUCKIA tendrá derecho a exigir al PROVEEDOR que modifique cualquier contenido que, en nuestra opinión razonable, no cumpla las normas aplicables; y
  4. Los afiliados cumplirán todos los requisitos de juego responsable establecidos por el regulador o la legislación aplicable.
  5. En caso de conflicto entre las condiciones anteriores y el presente Anexo C, prevalecerá el presente Anexo C.

ANEXO D

Jurisdicción

Dominio

Entidad pertinente

Dirección de facturación

Nº IVA

Nº de empresa

Portugal

.pt

Luckia Portugal S.A.

Av. Antonio Augusto de Aguiar, 19, 4º, Sala B, 1050 012, Lisboa, Portugal.

PT514049227

514049227

Colombia

.co

Luckia Colombia S.A.S.

26 SUR Nº 48-41, 05266, Envigado, Antioquia, Colombia.

901004257-2

214231

México

.mx

LUCKIA MEXICANA S.A. DE C.V.

Avenida Prolongación Pase de la Reforma 1236 PB Oficina 6 05348 Santa Fé, Cuajimalpa, Cuajimalpa de Morelos, Estado México, México.

LME2206102G4

 

 

 

Última actualización: 19/12/2023

© LUCKIA GAMES, S.A. Todos los derechos reservados.

Nuestras cookies apuestan sobre seguro🍪

Este portal web únicamente utiliza cookies propias con finalidad técnica, no recaba ni cede datos de carácter personal de los usuarios sin su conocimiento. Sin embargo, contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas a la de LUCKIA que usted podrá decidir si acepta o no cuando acceda a ellos.